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...y PP quien te ve

Espartinas a 27|12|2011 grupo municipal IU, 15h37
El Ayuntamiento recurre a un préstamo de la Diputación para pagar deudas inaplazables a la Seguridad Social

A medida que va transcurriendo la IX legislatura, y con la presencia de IU en la bancada de la oposición, la información va floreciendo a cuenta gotas y no gracias a esa falsa transparencia de la que presume la Junta de Gobierno en boca de un portavoz que dice en un Pleno tener el inventario de solares baldíos y que al parecer éste no lo encuentra en los archivos, porque sencillamente no existe.
Hay que recordar el número 5 de la intoxicable prensa amarilla conocida por
"La i_realidad de Espartinas" donde el PP se vanogloriaba de "tener la cuentas saneadas" y ahora nos enteramos de que la deuda a la Seguridad Social pasa del millón de euros y la verdadera realidad que esconde el PP es su nefasta gestión de los recursos públicos, que en los años del ladrillazo "hasta las multas las pagaba Urbanismo" -palabras pronunciadas por el portavoz de la derecha espartinera, a la sazón hoy diputado en la Junta de Andalucía. 

Por suerte y gracias al Pleno extraordinario del pasado 16 de noviembre donde también el portavoz del PP manifestó "que los deberes estaban bien hechos", resulta que ahora la Diputación Provincial de Sevilla le otorga un crédito (sin intereses) a devolver en 38 meses.     

Izquierda Unida considera que es normal, plausible y lógico que la Diputación dé estos préstamos y que lo criticable es "la pelea continua" del PP de Espartinas contra todo lo que salía de la Diputación y ahora amigos para siempre. También nos autointerrogamos si la Diputación a la hora de dar préstamos/ayudas: ¿Controla/fiscaliza las cuentas del Ayuntamiento peticionario y detecta por qué se han producido estos impagos a la Seguridad Social?

No olvidemos las intervenciones/críticas de los portavoces del PSOE (donde se abtuvieron a la petición de la ayuda en el Pleno del pasado 16 de noviembre) y de quienes poniendo en duda la buena administración de las cuentas del Ayuntamiento sí la apoyaron con su voto (PA y UPyD)  y ahora a la postre, quien tiene mayoría absoluta en la Diputación otorga ayuda a quien sus cuentas están bajo el legítimo derecho a la sospecha.

RESOLUCIÓN HACIENDA TESORERÍA DIPUTACIÓN DE SEVILLA
Resolución nº: 5119/2011 - Fecha Resolución: 22/12/2011

La Presidencia de la Diputación, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por el art. 34 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y disposiciones concordantes, ha resuelto:
3ª Concesión fondo extraordinario con destino al pago de deudas inaplazables a la Seguidad Social Mediante Resolución de la Presidencia nº 4316 de 31 de Octubre de 2011 se aprobó la constitución de un Fondo extraordinario por importe de 2.300.000,00€, con destino al pago de deudas inaplazables a la Seguridad Social de aquéllos municipios y ELAS, conveniados con el OPAEF, a los que la Dirección General de la Tesorería de la Seguridad Social haya autorizado, mediante la correspondiente Resolución, el aplazamiento para el pago de la deuda contraída y cuyo plazo máximo de ingreso en la citada Tesorería no haya expirado.
Publicada la citada Resolución en el BOP de fecha 3 de Noviembre pasado y estableciéndose en aquélla que la concesión de los Anticipos a las Entidades Locales participantes se efectuará mediante Resolución, por orden de Registro de la solicitud, esta Presidencia, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en la Resolución 4316 y contando con el Informe favorable de la Tesorería y la Intervención General, RESUELVE:
PRIMERO: Conceder a el/los Ayuntamiento/s relacionados han solicitado acogerse al citado Fondo Extraordinario, los Anticipos cuyos importes, plazo de devolución y cuotas mensuales se detallan a continuación:
AYUNTAMIENTO ESPARTINAS
Cantidad concedida 119.757,07€, Plazo de devolución (en meses) 38 Cuotas  3.151.50 €
SEGUNDO: La cantidad a distribuir entre los ayuntamientos beneficiarios con cargo a la partidad presupuestaria 2100/92033/8212070.
TERCERO: La Entidad Beneficiaria deberá justificar en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha del abono, ante el Área de Hacienda, la aplicación del Anticipo concedido al pago de la cuota inaplazable de deudas con la Seguridad Social, mediante Certificado de pago de la Tesorería y/o Intervención. 

 

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